Según denuncian los afectados el Ayuntamiento de Vitigudino cobra de manera ilegal el derecho funerario sepulcral

En la localidad salmantina de Vitigudino existe cierta polémica  como consecuencia del cobro de derecho funerario sepulcral a perpetuidad por parte del Ayuntamiento, sin previa comunicación a los afectados de «manera personal, ya que solo lo han hecho mediante listas en el propio cementerio o tablones del pueblo o por teléfono sin explicación previa».

Al menos esto es lo que denuncia José Antonio Pérez, portavoz de la Plataforma de Afectados, quien argumenta además que se ha aplicado «la ley con carácter retroactivo y eso no es legal, igual que el cobro de esta tasa, ya que se ha hecho antes de que se publicase en el propio Boletín Oficial de la Provincia (BOP)».

La historia se remonta al año 2001, cuando cambió el reglamento que reconocía el derecho sepulcral a perpetuidad por 99 años a solo 30, «pero que ninguno de los alcaldes hasta ese momento había aplicado hasta el momento. Pero desde el año 2011, comenzó a cobrarse esta tasa, que asciende a 481 euros, por sorpresa y sin avisar a los afectados, para recaudar cerca de 18.00 euros desde entonces», denuncia el portavoz de la Plataforma

Pero ahí no queda todo, «porque lo que es verdaderamente ilegal es que esa cuantía se cobró sin haberse aprobado en ningún sitio, ni aparecer publicada por los cauces oficiales». Así, José Antonio Pérez reclama que hay documentos que acreditan que se han cobrado «los 481 euros por parte del Ayuntamiento, cuando este cambio de normativa se ha hecho público el 27 de noviembre de 2013 en el BOP. Esto no es legal», argumenta.

De hecho, una sentencia del Tribunal Supremo (TS) reconoce que son 99 años de derecho funerario pero sin carácter retroactivo y no 30 como «imponen desde el Ayuntamiento de la localidad para cobrar esta cuantía por un mero objetivo recaudatorio».

La Plataforma cuenta ya con más de cien firmas, a las que se unirán más en próximas fechas «porque la indignación de los vecinos ha crecido mucho con este tema por cómo se ha hecho y por la cuantía que supone. En ocasiones se ha hecho firmas documentos que autorizan ese pago a gente mayor que no sabe ni lo que firmaba», relata el portavoz de la Plataforma.

De hecho y según adjuntan en la reclamación para el Ayuntamiento (no descartan la vía judicial), argumentan lo siguiente: «Ha de entenderse que la normativa posterior a la adquisición del nicho de perpetuidad, y señaladamente el Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales aprobado por Real Decreto 372/1986, de 13 de junio, no puede aplicarse con carácter retroactivo porque ello supondría vulnerar lo dispuesto en el artículo 9.3 de la vigente Constitución Española».

De este modo, la polémica entre el Ayuntamiento y la Plataforma sigue a la espera de que se apruebe en el propio pleno del consistorio y los afectados ya ha anunciado que seguirán «hasta donde haga falta. Es más, este año han dicho que quieren recaudar 20.000 euros. Afán recaudatorio».

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